CCOO exige a la Consejería de Educación garantías de inclusión real para las personas con discapacidad
CCOO exige a la Consejería de Educación garantías de inclusión real para las personas con discapacidad |
En el proceso selectivo docente actualmente en marcha se han producido casos con consecuencias muy graves para personas con discapacidad para los que existen medidas que habrían evitado llegar a esos extremos. |
Murcia, 27 de junio de 2025 |
CCOO Enseñanza considera oportuno recordar a la Consejería de Educación su obligación de aplicar la Ley 4/2017, de 27 de junio, de Accesibilidad Universal de la Región de Murcia, de manera muy especial en un proceso tan complejo como unas oposiciones docentes y a personas que viven ese duro proceso desde algún tipo de discapacidad.
En concreto, instamos a la Consejería de Educación a revisar tanto la Convención Internacional sobre las personas con discapacidad de la ONU como el Real Decreto 674/2023, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones de utilización de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación oral para las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
Se ha dado el caso en el actual proceso docente de una persona sorda cuyo vehículo de comunicación es la Lengua de Signos Española (LSE) que había solicitado contar como medida de adaptación para poder desarrollar el proceso con garantías con una persona intérprete de LSE durante todo el proceso (la Consejería de Educación cuenta con buen número de intérpretes en plantilla), además de la ampliación del tiempo para poder desarrollar las pruebas.
El pasado 12 de junio la Consejería de Educación le comunicó a la afectada que contaría con 30 minutos más para el desarrollo de la prueba oral y escrita, y una persona intérprete de lengua de signos pero sólo para la parte oral de proceso. A juicio de CCOO, la Consejería de Educación, con esta medida, desconsidera que la opositora necesite saber lo que comunican las y los miembros de los tribunales a lo largo de la primera prueba (entre otras cuestiones recepción como aspirante, comunicación de las
instrucciones de los exámenes, trasmisión de características de las distintas pruebas, etc.) y que ella misma necesite comunicarse o plantear duda alguna.
La opositora afectada acudió el pasado 21 de junio a la sede del tribunal provista del móvil en cuya pantalla pedía referencias a quien se encontraba sobre la ubicación del aula en la que estaba citada. Utilizó el dispositivo como herramienta de comunicación con el resto de las personas que la rodean, a la vista de todo el mundo y con la pretensión de apagarlo en cuanto comenzara la prueba. La opositora fue atendida por miembros de su tribunal una vez accedió al aula y se ubicó en la mesa reservada para ella. Antes de comenzar la prueba y de que incluso le permitieran apagar el móvil, miembros del tribunal, tras consulta a la Consejería de Educación, decidieron expulsarla y truncar así el trabajo de dos años de preparación y cualquier esperanza de trabajo a medio plazo en la enseñanza pública.
En opinión de José Ignacio Tornel Aguilar, sin contradecir las normas de restricción de dispositivos electrónicos en las aulas donde se desarrolla el proceso, “un caso tan evidente, amparado de forma clara y extensa por la normativa estatal e internacional al respecto, no puede recibir una respuesta desprovista de anticipación a las necesidades y de flexibilidad razonable ante situaciones propias de su perfil”.
CCOO Enseñanza reclama a la Consejería de Educación, en el marco de la política educativa para la inclusión, que considere la posibilidad legal excepcional de permitir a la persona afectada por este episodio la realización de las pruebas de oposición.