El Sindicato Médico CESM anuncia la adopción de acciones legales frente a los servicios mínimos abusivos impuestos los días de la huelga de diciembre

El Sindicato Médico CESM anuncia la adopción de acciones legales frente a los servicios mínimos abusivos impuestos los días de la huelga de diciembre

El Sindicato Médico CESM anuncia la adopción de acciones legales frente a los servicios mínimos abusivos impuestos los días de la huelga de diciembre

Estas actuaciones no sólo se dirigirán contra la Administración, sino también nominativamente contra los responsables implicados

CESM denuncia que la actuación administrativa supone una obstrucción inaceptable al derecho fundamental de huelga y a la libertad sindical, ambos consagrados en el artículo 28.2 de la Constitución Española

Murcia, 05/12/2025. El Sindicato Médico de la Región de Murcia, tras denunciar la imposición de unos servicios mínimos abusivos para los días de la huelga convocada en diciembre y tras comprobar que estos servicios mínimos suponen un atropello al derecho de huelga de los profesionales, da un paso más en esta denuncia pública y anuncia que adoptará acciones legales que no sólo se dirigirán a la Administración, sino también nominativamente contra los responsables implicados.

Esta organización sindical ha comprobado que los activos impuestos no sólo exceden lo imprescindible para garantizar la atención esencial, sino que en algunos casos superan ampliamente los porcentajes ordinarios, anulando en la práctica los efectos legítimos de la huelga. 

CESM considera especialmente alarmante la información comprobada en múltiples centros asistenciales en los que se están designando profesionales como “mínimos” para mantener consultas y actividad perfectamente demorables, contrariando la finalidad misma de los servicios esenciales. En numerosos casos, los nombramientos superan incluso los porcentajes impuestos por la propia autoridad sanitaria, destinándose a sostener agendas de carácter no urgente. En consecuencia, este proceder implica, en la práctica, reproducir un día ordinario de actividad, vaciando por completo el efecto de la huelga.

El sindicato recuerda que este tipo de órdenes son nulas de pleno derecho, al vulnerar el artículo 28.2 CE, y que podrían llegar a constituir infracción muy grave e incluso delito de obstrucción al derecho de huelga (art. 315 CP).

Exigencias para garantizar el derecho a huelga

Ante esta situación, el Sindicato exige las siguientes actuaciones:

1. La revisión inmediata de los servicios mínimos decretados.

2. Que las instrucciones del Servicio Murciano de Salud a sus directores y gerentes sean las de ajustar estrictamente a los principios de proporcionalidad, legalidad y motivación reforzada los servicios mínimos programados con la intención de no tener que enfrentar denuncias que podrían ser de carácter penal.

3. La comprobación de los nombramientos realizados en cada área sanitaria.

4. La adopción de medidas correctoras para garantizar el pleno respeto al derecho de huelga y depurar responsabilidades si se confirmaran las irregularidades.

Auditoría de los nombramientos por área

Asimismo, CESM tiene previsto auditar los nombramientos realizados en cada área sanitaria, asegurando que únicamente se designen funciones realmente esenciales y adoptar inmediatamente medidas correctoras, incluida la depuración de responsabilidades allí donde se identifiquen abusos, irregularidades o instrucciones contrarias al ejercicio legítimo del derecho de huelga.

Finalmente, el Sindicato recuerda, con contundencia jurídica, que existe una prohibición absoluta de cualquier represalia, limitación o discriminación vinculada al ejercicio del derecho de huelga, así como una garantía de indemnidad reforzada.

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