Carmina Fernández: “El PP de López Miras vuelve a demostrar su falta de ética usando recursos públicos para su propio beneficio”

Carmina Fernández
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Carmina Fernández: “El PP de López Miras vuelve a demostrar su falta de ética usando recursos públicos para su propio beneficio”

Carmina Fernández: “El PP de López Miras vuelve a demostrar su falta de ética usando recursos públicos para su propio beneficio”

La Junta Electoral Provincial (JEP) se ha pronunciado sobre la denuncia del PSOE respecto a la infracción del artículo 50 de la LOREG por parte de López Miras por la presentación del Torneo Carlos Alcaraz realizado durante la campaña electoral el pasado 18 de mayo 

La JEP considera que “la nota de prensa, las intervenciones realizadas por el candidato López Miras y la elección de la fecha contienen alusiones a los logros realizados por las autoridades intervinientes con connotación electoralista e infracción electoral”

La portavoz y vicesecretaria general del PSOE de la Región de Murcia, Carmina Fernández, ha afirmado que el PP de López Miras vuelve a demostrar su falta de ética usando recursos públicos para su propio beneficio.

Estas declaraciones las ha realizado al hilo de la resolución de la Junta Electoral Provincial sobre la denuncia realizada por el PSOE respecto a la infracción del artículo 50 de la LOREG por parte de López Miras por la presentación del Torneo Carlos Alcaraz realizado durante la campaña electoral, el pasado 18 de mayo.

En este sentido, Fernández ha señalado que la propia Junta Electoral Provincial (JEP) considera que la nota de prensa, las intervenciones realizadas por el candidato López Miras y la elección de la fecha para la presentación del torneo, “contienen alusiones a los logros realizados por las autoridades intervinientes con connotación electoralista e infracción electoral”.

“Lamentablemente y, a pesar de que esta resolución nos da la razón, llega tarde, una vez que han pasado las elecciones. En cualquier caso, pone de manifiesto que se ha vulnerado el obligado cumplimiento de las normas por parte de todos durante la campaña electoral”, ha indicado.

Según la resolución de la JEP, el candidato López Miras infringió el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) que indica que “desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa e indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos”.