El Gobierno regional duplica las ayudas a familias numerosas y monoparentales hasta alcanzar los dos millones de euros

El Gobierno regional duplica las ayudas a familias numerosas y monoparentales hasta alcanzar los dos millones de euros

El Gobierno regional duplica las ayudas a familias numerosas y monoparentales hasta alcanzar los dos millones de euros

Este incremento de crédito permitirá apoyar económicamente a alrededor de 1.200 familias en los gastos de manutención, salud y conciliación

 

11.08.2025 El Gobierno regional, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, duplica la dotación presupuestaria destinada inicialmente a las familias numerosas y monoparentales, hasta alcanzar los dos millones de euros. Una cantidad que permitirá ampliar el número de familias beneficiarias y llegar a alrededor de 1.200 unidades familiares.

La ampliación de crédito, publicada en el Boletín Oficial de la Región, está destinada a subvencionar los gastos diarios de crianza de los menores correspondientes a manutención, compra de vestimenta y calzado, como también a los que contribuyan a facilitar la conciliación familiar y laboral.

Otros gastos subvencionables incluidos en la convocatoria son los derivados por la compra de artículos higiénicos y sanitarios, accesorios de puericultura, productos de farmacia y parafarmacia, gastos relacionados con la asistencia a Centros de Atención a la Infancia (CAI), comedores escolares, abonos de transporte público y contratación de personal para el cuidado de menores o personas dependientes en el hogar.

El importe máximo de la ayuda concedida por unidad familiar será de 2.500 euros, otorgada en un solo pago y de forma no periódica. Los gastos subvencionados deberán realizarse durante el año 2025, y su justificación se podrá presentar entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026.

Como requisitos fundamentales, las familias beneficiarias deberán residir en la Región de Murcia, tener una renta per cápita familiar no superior al Iprem vigente; y tener reconocida la condición de familia numerosa de categoría especial o monoparental. En el caso de tener hijas e hijos nacidos de parto o adopción múltiple, el nacimiento o acogimiento deberá ser, como mínimo, de tres menores a la vez y con edad inferior a seis años.

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